Modelo 660 · Declaración de Sucesiones (inventario y relación de herederos)
Inventario conjunto de todos los bienes de la herencia y relación de herederos, previo y complementario a los modelos 650 individuales.
¿Qué es, en la práctica?
Es la "foto de familia" de la herencia: un único documento que enumera todos los bienes y deudas del fallecido y quiénes son los herederos. Sirve de base común para que después cada heredero presente su modelo 650. No se paga nada con el 660; es el soporte del cálculo.
- Ámbito
- Autonómico
- ¿Quién debe presentarlo?
- Puede presentarlo cualquiera de los herederos en representación del conjunto, o quien administre la herencia. Es un documento colectivo: acompaña, no sustituye, a los modelos 650 de cada heredero.
- Plazo
- El mismo plazo general que el modelo 650: 6 meses desde la fecha de fallecimiento (con la misma posibilidad de prórroga).
- ¿Dónde se tramita?
- Junto con los modelos 650, en la agencia tributaria de la Comunidad Autónoma donde el fallecido tuviera su residencia habitual.
Documentación que necesitas
- La misma documentación base que el modelo 650 (certificado de defunción, últimas voluntades, testamento o declaración de herederos).
- Inventario valorado de todos los bienes y derechos, con la referencia catastral de cada inmueble.
- Relación de deudas y cargas de la herencia.
- Datos identificativos de todos los herederos y su grado de parentesco con el fallecido.
Pasos generales
- Haz un listado completo de todos los bienes, derechos y deudas de la herencia (masa hereditaria).
- Identifica a todos los herederos y la parte que corresponde a cada uno.
- Presenta el modelo 660 junto con los modelos 650 individuales de cada heredero.
Errores frecuentes
- Inventario incompleto: olvidar cuentas antiguas, un vehículo, un seguro de vida o una participación en una finca proindiviso.
- Valoraciones incoherentes entre el 660 y los 650 individuales.
- Presentar los 650 sin el 660 cuando la comunidad lo exige, lo que deja el expediente incompleto.
Te puede ayudar
Herramientas y páginas de este sitio relacionadas con este modelo:
Este trámite lo gestiona cada Comunidad Autónoma: busca "declaración de sucesiones (inventario y relación de herederos)" en la web de la agencia tributaria de tu comunidad.
Aviso: esta guía es orientativa y no sustituye el
asesoramiento profesional. Los plazos y condiciones concretas pueden
variar según tu situación y tu Comunidad Autónoma; en casos de valor
económico alto o complejidad jurídica, consulta con un asesor fiscal
o gestor colegiado.

